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Derechos de los Clientes de los Bancos

Queremos enumerar de la forma más clara y directa posible los derechos básicos que le asisten en su relación con las Entidades Bancarias.

Ahora bien nuestra filosofía de empresa hace que permanentemente intentemos superar lo que, a la luz de todo lo expuesto podría considerarse una mera relación formal.

 

Derecho a los Documentos Contractuales

La relación futura entre Banco y Cliente siempre va a estar condicionada por el contenido del contrato que se firma, tanto para la utilización de productos como de servicios.

Tiene derecho a salir de la oficina con una copia del contrato.

Léalo, cerciónese de que sus datos personales son correctos y que los relativos al producto o servicio contratado están perfectamente detallados, sólo entonces firme el recibí en el documento y retírelo.

Este derecho se amplía a las operaciones habituales que realiza con las Entidades Bancarias. Para ello conserve la copia que debe recibir al ordenar cada operación.

Esta copia le será de utilidad para cualquier gestión relacionada con la misma.

 

Derecho a Ser Informado de Cualquier Modificación Contractual

Las cambiantes circunstancias de los mercados financieros, obligan a establecer en los contratos unos mecanismos para dotarlos de flexibilidad y capacidad de adaptación a todas las coyunturas.

Ahora bien. Vd. Tiene derecho a conocer con tiempo razonable las posibles modificaciones que pudieran producirse en la relación contractual, de este modo, si no estuviese conforme con la modificación podría resolver el contrato.

Los sistemas legalmente establecidos para las comunicaciones previas son:

· Comunicación personal, o

· Publicación en un periódico de difusión general, o

· Tablón de Información a Clientes en nuestras Oficinas.

 

Derecho a Conocer la Tarifa de Comisiones y Gastos Repercutibles a Clientes

Tiene Vd. Derecho a solicitar, para su consulta, el libro que sobre comisiones y gastos repercutibles a Clientes tienen todas las oficinas.

También podrá conseguir un folleto parcial con las comisiones se aplican en las operaciones más habituales.

Tiene derecho a saber que no pueden aplicarle comisiones o gastos que no respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos.

Tiene derecho a saber que no pueden aplicarle comisiones por servicios no solicitados.

Tiene derecho a saber que el libro de tarifas contiene además, las reglas que deben aplicar en las liquidaciones y valoraciones de sus operaciones.

 

Derecho a los Documentos de Liquidación de Intereses y Comisiones

Cualquier cargo o abono que realicen en sus cuentas, consecuencia de una liquidación de intereses o comisiones en un período determinado de tiempo, debe contar con un documento en el que se detallen los parámetros básicos necesarios para proceder al cálculo de la operación.

Tiene derecho a que le faciliten esos documentos, en los que encontrará, básicamente, datos relativos a:

· Periodo de liquidación.

· Bases para el cálculo.

· Tipo aplicado.

· Interés resultante.

 

Derecho a la Información a Través de Un Tablón de Anuncios en las Oficinas

Las Entidades Financieras están obligadas a tener en todas las Oficinas un Tablón de Información a clientes.

A través del Tablón de anuncios tiene derecho a conocer:

· Los tipos preferenciales y referenciales de las Entidades Bancarias presentados al Banco de España.

· Las modificaciones en condiciones contractuales y en la tarifa de comisiones.

· Los servicios y direcciones de Atención a Clientes.

· La normativa sobre transparencia y protección a la Clientela.

 

Derecho a Conocer el Rendimiento o Coste Efectivo de Sus Operaciones

Para ello las Entidades Bancarias tiene la obligación de incluir la T.A.E. en:

· Contratos.

· Tipos preferenciales y referenciales.

· Documentos de liquidación de operaciones.

· En toda la publicidad que haga referencia a costes o rendimientos.

 

Derecho a Una Publicidad Veraz, Clara y Precisa de los Productos

Tiene Vd. derecho a saber que toda Publicidad de las Entidades Bancarias que incluya referencias a costes o rendimientos deberá contar con la autorización preceptiva del Banco de España.

 

Derecho a Plantear Sus Reclamaciones y a Ser Contestado

Si no está conforme con cualquiera de sus actuaciones tiene Vd. derecho a reclamar y su obligación es contestarle.

Tal como se detalla en el Tablón de Información a Clientes expuesto en todas las Oficinas, tiene Vd. varias vías para presentar sus reclamaciones o sugerencias:

· Departamento de Calidad. Servicio al Cliente.

· Defensor del Cliente.

· Servicio de Reclamaciones del Banco de España.

de las anteriores.

Para dirigirse a estas instancias puede efectuar su escrito y dirigirlo a las direcciones que se detallan en el Tablón de Información a Clientes de las Oficinas.

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