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Derechos
de los Clientes de los Bancos
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Queremos
enumerar de la forma más clara y directa posible los derechos
básicos que le asisten en su relación con las Entidades
Bancarias.
Ahora
bien nuestra filosofía de empresa hace que permanentemente
intentemos superar lo que, a la luz de todo lo expuesto podría
considerarse una mera relación formal.
Derecho
a los Documentos Contractuales |
La
relación futura entre Banco y Cliente siempre va a estar
condicionada por el contenido del contrato que se firma,
tanto para la utilización de productos como de servicios.
Tiene
derecho a salir de la oficina con una copia del contrato.
Léalo,
cerciónese de que sus datos personales son correctos y
que los relativos al producto o servicio contratado están
perfectamente detallados, sólo entonces firme el recibí
en el documento y retírelo.
Este
derecho se amplía a las operaciones habituales que realiza
con las Entidades Bancarias. Para ello conserve la copia que
debe recibir al ordenar cada operación.
Esta
copia le será de utilidad para cualquier gestión
relacionada con la misma.
Derecho
a Ser Informado de Cualquier Modificación Contractual |
Las
cambiantes circunstancias de los mercados financieros, obligan
a establecer en los contratos unos mecanismos para dotarlos de
flexibilidad y capacidad de adaptación a todas las coyunturas.
Ahora
bien. Vd. Tiene derecho a conocer con tiempo razonable las
posibles modificaciones que pudieran producirse en la relación
contractual, de este modo, si no estuviese conforme con la
modificación podría resolver el contrato.
Los
sistemas legalmente establecidos para las comunicaciones previas
son:
· Comunicación
personal, o
· Publicación
en un periódico de difusión general, o
· Tablón de Información
a Clientes en nuestras Oficinas.
Derecho
a Conocer la Tarifa de Comisiones y Gastos Repercutibles a
Clientes |
Tiene
Vd. Derecho a solicitar, para su consulta, el libro que sobre
comisiones y gastos repercutibles a Clientes tienen todas las
oficinas.
También
podrá conseguir un folleto parcial con las comisiones
se aplican en las operaciones más habituales.
Tiene
derecho a saber que no pueden aplicarle comisiones o gastos
que no respondan a servicios efectivamente prestados o gastos
habidos.
Tiene
derecho a saber que no pueden aplicarle comisiones por servicios
no solicitados.
Tiene
derecho a saber que el libro de tarifas contiene además,
las reglas que deben aplicar en las liquidaciones y valoraciones
de sus operaciones.
Derecho
a los Documentos de Liquidación de Intereses y Comisiones |
Cualquier
cargo o abono que realicen en sus cuentas, consecuencia de una
liquidación de intereses o comisiones en un período
determinado de tiempo, debe contar con un documento en el que
se detallen los parámetros básicos necesarios para
proceder al cálculo de la operación.
Tiene
derecho a que le faciliten esos documentos, en los que
encontrará, básicamente, datos relativos a:
· Periodo de liquidación.
· Bases para el cálculo.
· Tipo aplicado.
· Interés resultante.
Derecho a
la Información a Través de Un Tablón
de Anuncios en las Oficinas |
Las
Entidades Financieras están obligadas a tener en todas
las Oficinas un Tablón de Información a clientes.
A
través del Tablón de anuncios tiene derecho a
conocer:
· Los tipos preferenciales
y referenciales de las Entidades Bancarias presentados
al Banco de España.
· Las modificaciones
en condiciones contractuales y en la tarifa de comisiones.
· Los servicios y direcciones
de Atención a Clientes.
· La normativa sobre
transparencia y protección a la Clientela.
Derecho
a Conocer el Rendimiento o Coste Efectivo de Sus Operaciones
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Para
ello las Entidades Bancarias tiene la obligación
de incluir la T.A.E. en:
· Contratos.
· Tipos preferenciales
y referenciales.
· Documentos de liquidación
de operaciones.
· En toda la publicidad
que haga referencia a costes o rendimientos.
Derecho
a Una Publicidad Veraz, Clara y Precisa de los Productos
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Tiene
Vd. derecho a saber que toda Publicidad de las Entidades
Bancarias que incluya referencias a costes o rendimientos deberá
contar con la autorización preceptiva del Banco
de España.
Derecho
a Plantear Sus Reclamaciones y a Ser Contestado |
Si
no está conforme con cualquiera de sus actuaciones tiene
Vd. derecho a reclamar y su obligación es
contestarle.
Tal
como se detalla en el Tablón de Información a Clientes
expuesto en todas las Oficinas, tiene Vd. varias vías para
presentar sus reclamaciones o sugerencias:
· Departamento de Calidad.
Servicio al Cliente.
· Defensor del Cliente.
· Servicio de Reclamaciones
del Banco de España.
de las anteriores.
Para
dirigirse a estas instancias puede efectuar su escrito y dirigirlo
a las direcciones que se detallan en el Tablón de Información
a Clientes de las Oficinas.