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Derecho Bancario

El derecho bancario constituye la actividad principal de la empresa, por cuanto todos y cada uno de los expertos profesionales de esta materia tienen una dilatada vida profesional dedicada al asesoramiento de bancos nacionales y extranjeros, tanto comerciales como industriales y de negocios, lo que asegura un asesoramiento jurídico uniforme, de altísima calidad, que está orientado a prevenir y resolver problemas, así como a construir soluciones útiles que permitan conseguir los objetivos específicos de los clientes, para lo cual se ha establecido una organización profesional integrada.

Para los profesionales que integran A.E.B. no es desconocida ninguna operación bancaria, ya sea ésta de activo, pasivo o intermediación, así como tampoco es desconocida ninguna otra cuestión o problema relacionado directamente con el derecho bancario y la relación de los bancos con terceros. Nuestros conocimientos abarcan en profundidad todas y cada una de las materias correspondientes a esta especialidad y comprenden todo tipo de operaciones habituales de los bancos, cajas de ahorros, y otras entidades financieras.

Nuestras actividades en esta materia se centran en tres aspectos distintos cuales son, nuestra actuación en el momento de formalizar nuevas operaciones, el asesoramiento de los asuntos cuando están en fase pre-contenciosa, y el asesoramiento en el momento se encuentra el asunto en manos de los Tribunales.

 

Formalización de operaciones

Como no podría ser de otra forma, nuestro asesoramiento es integral abarcando el ámbito jurídico, económico y fiscal de las operaciones con carácter previo a su formalización, examinando cual es la mejor operación a suscribir según las necesidades, cuales son los documentos más idóneos para formalizar, y cuales son las garantías a prestar, asistiendo al cliente en el momento de la firma

 

Asesoramiento Pre-contencioso

Igualmente asesoramos al cliente en el caso de que éste tenga dificultad a la hora de cumplir con sus compromisos de pago, indicándole cuales son los caminos a seguir y cuales son o pueden ser las consecuencias que se pueden derivar del incumplimiento de sus obligaciones. En estos casos, nuestro asesoramiento incluye el examen de los documentos formalizados así como el examen de los soportes informáticos contables y el desarrollo de la cuenta o cuentas, al objeto de determinar si las cantidades reclamadas coinciden con las realmente adeudadas, o si por el contrario existe algún error contable.

De igual forma, y en caso de ser requeridos para ello, negociamos directamente con la entidad financiera el pago de la deuda, su aplazamiento, y las distintas formas de resolver el asunto evitando tener que acudir a los Tribunales, habida cuenta de los gastos y molestias que ello ocasiona.

 

Asesoramiento contencioso

Capítulo especial merece nuestra intervención en asuntos judiciales. A este respecto debemos comenzar manifestando que la primera de nuestras normas de conducta consiste en evitar acudir a los Tribunales de Justicia para dirimir las controversias, lo que no se debe confundir con la firmeza en la defensa de nuestros postulados. Estamos convencidos que lo mejor para nuestros clientes es acudir a los Tribunales de Justicia, solo en aquellos casos en que sus derechos sean conculcados y en los que el contrario no admita una solución extrajudicial al problema.

Ahora bien, llegado el caso de que exista una demanda judicial entablada contra un cliente, o futuro cliente, es cuando nuestro asesoramiento deviene en más completo y eficaz, desplegando todos nuestros conocimientos para que los intereses del cliente sean defendidos con intensidad. Se examinan las diversas cuestiones técnicas para averiguar si la reclamación cumple con todos los requisitos formales que marca la Ley, comprobándose si la liquidación de las cuentas se ha efectuado de acuerdo con lo pactado por las partes en el título, y si el saldo deudor coincide con el indicado en la liquidación. Seguidamente se pasa a estudiar los aspectos jurídicos de la demanda, tanto los formales como los materiales o de fondo, tras lo cual se emite un dictamen al cliente con las conclusiones obtenidas.

Las conclusiones que arroje el dictamen son las que van a determinar las actuaciones posteriores, de tal forma que una vez analizada la demanda y sus documentos, será el cliente quién decida las actuaciones futuras en el sentido de entablar una negociación con el acreedor, o en el sentido de continuar con la vía judicial abierta. En uno y otro caso, defendemos al cliente hasta el momento en que el asunto esté completamente solucionado, englobando nuestros servicios todos los trámites, entrevistas, reuniones, informes, etc. que el asunto merezca.

Por último debemos mencionar que haciendo gala de la flexibilidad que nos caracteriza, en los supuestos de que nuestro cliente se encuentre inmerso en un proceso universal de suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores o expediente de quita y espera, negociamos con las entidades financieras acreedoras un acuerdo que ponga fin a la situación creada, aunando los intereses de ambas partes y con la mirada puesta en la pronta resolución del asunto.

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