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Domicilación
de Nómina / Pensión |
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Servicio
consistente en el abono puntual de los ingresos periódicos
del cliente (nómina/pensión) en su cuenta corriente/
libreta de ahorro a la recepción de la orden de la Seguridad
Social o de la empresa pagadora. En el caso de profesionales por
cuenta propia se considera que domicilian la nómina cuando
canalizan regularmente (mensual) los ingresos habituales de su actividad.
El
titular debe ser persona física.
Tener
cuenta corriente/ libreta de ahorro abierta a su nombre.
Tener
orden de domiciliación firmada para entregar al ordenante
(Seguridad Social/empresa).
Servicio
gratuito.
Los
Bancos suelen ofrecer complementariamente las siguientes prestaciones
adicionales:
Seguro
de accidentes gratuito en caso de muerte o invalidez absoluta y
permanente de 1 millón de pesetas (necesario ser menor de
70 años).
Anticipo
por el plazo de un mes, de hasta una mensualidad neta a un tipo
de interés por debajo del tipo de interés para descubiertos
y fijado en cada momento por Banca Comercial, sin comisiones. Este
anticipo sólo se concederá a partir del tercer mes
de permanencia de la nómina/pensión domiciliada.
Opción
a crédito preferente (crédito nómina) de hasta
cinco mensualidades netas, con un tipo de interés de un 0.50%
por debajo del tipo de referencia para créditos al consumo
comunicado por el Banco al Banco de España, a amortizar mediante
cuotas mensuales y con un plazo de hasta 36 meses (comisiones habituales).
Tarjetas
VISA Servired gratuita el primer año.
Tarjeta
de crédito VISA gratuita el primer año (en las distintas
modalidades según el perfil del cliente y con los criterios
de riesgo habituales para su concesión).
Cambio
de domiciliación de recibos del cliente realizado por el
Banco de forma gratuita.
Al
entregar el soporte por el ordenante, el Banco abona el importe
de la nómina o pensión en la cuenta personal del cliente
enviándole a este comunicación al respecto con el
correspondiente extracto de cuenta..
Cuenta
personal del cliente.
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